¿el consumo de porros está permitido en la calle?; y también si ¿lo está en locales tipo pub?
El consumo de porros en la calle está prohibido por la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley 1/1992). Esta normativa dice:
Artículo 25.
1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.
Los porros o derivados del cannabis, están considerados como droga tóxica o estupefaciente. El consumo en privado no sería sancionable, pero en público sí, esto además de la calle incluiría un bar, una discoteca...